REGION AUTONOMA DE LIMA-PROVINCIAS
Mauricio Quiróz Torres
I. ASPECTO TECNICO-LEGAL 1. LINEAMIENTOS GENERALES a. En lo que respecta a su creación no habría impedimento alguno si el Poder Ejecutivo o la Corporación de Desarrollo de Lima la hacen suya, conforme manda el artículo 260º de la Constitución de 1979. Asimismo, la demarcación territorial propuesta es factible en la medida que el Parlamento lo apruebe por Ley. b. Nuestra propuesta tiene concordancia con lo que establece el PLAN NACIONAL DE REGIONALIZACION (Ley Nº 23878) que en su Capítulo VI señala que las regiones pueden establecerse " sobre la base de áreas contiguas integradas histórica, económica, administrativa y culturalmente" (punto 6.1.), conforme se ha hecho. De igual manera, cumplimos, también, con el hecho que señala el mismo punto 6.1. en el sentido que cada Región debe permitir la "articulación tanto transversal como vertical, a base de la complementariedad de las producciones de cada Región Natural". 2. LINEAMIENTOS ESPECIFICOS La proyectada Región cumple con los criterios específicos principales para la creación de las Regiones esbozadas en el Capitulo VI de la Ley 23878, porque0: a.Prioriza áreas deprimidas a fin de activar su desarrollo. b.Permitirá la creación de Sub-Regiones en términos de equidad. c.Aperturará las bases para superar las desigualdades entre campo y ciudad. d.Su ámbito promoverá la especialización productiva de sus Provincias integrantes y el incremento de valor agregado. e.Se afianzará el proceso de desconcentración política-administrativa, dando mayores prerrogativas y autonomia a las Provincias. f.El espacio de las Provincias que la integran son de áreas contiguas y homógeneas por su ubicación natural: amplia franja costera y zona altoandina. g.Sus caminos y carreteras principales interconectan las Provincias que la integran haciendo viable el desarrollar una economía interdependiente y que proteja áreas postergadas ubicadas en la zona altoandina y rural-marginal. Del mismo modo, los otros criterios validan más nuestra propuesta de Región: h.Contamos con ciudades de importancia regional: 4 de nuestras 9 grandes están dentro de las grandes ciudades del país, según el INE: Huacho, Huaral, Barranca y Paramonga). i.Tenemos potencialidad de recursos naturales (mar, llanuras, zona altoandina, una variedad de ecosistemas y una diversificada actividad productiva con un territorio que permite el impulso de infraestructura básica. j.Nuestra delimitación afianzará el proceso de regionalización en la medida que consumará la clausura definitiva del centralismo limeño, que podría recuperar posiciones si logra integrarnos a su Región, con el consiguiente peligro para las otras Regiones ya que la actual delimitación regional peca de convencional. Igualmente la integración histórico-cultural de nuestros pueblos, da fuerza a esta propuesta. Nos une el hecho de ser provincias postergadas por el centralismo limeño y nada nos une con las regiones vecinas ya creadas. Somos herederos de pasados Centros Administrativos que en el Tahuantinsuyo eran similares a las hoy capitales de Departamento. Eso ha sido, por ejemplo, Cajatambo y Guaytará, próxima a Yauyos y Cañete, como señala el notable historiador Pablo Macera. Probablemente nuestra propuesta afecta la delimitación convencional de los límites del Departamento de Lima. Pero pretender juntar nuestras 9 Provincias a la Región Lima-Metropolitana-Callao, provocará no sólo conflictos que pide evitar el punto "k" del Capitulo 6.1. del PLAN NACIONAL DE REGIONALIZACION sino que impedirá el cumplimiento de los otros aspectos que se busca con este proceso, uno de los cuales es el desarrollo de las Provincias, de las zonas altoandinas y la participación decisiva de ellas en las decisiones políticas-económicas y administrativas que hoy incluso se las niega con los Proyectos en las que se les pretende anexar a Lima Metropolitana-Callao. II. CRITERIOS BASICOS PARA LA LEY DE CREACION DE LA REGION Aparte de las consideraciones generales y específicas señaladas en la Ley 23878-PLAN NACIONAL DE REGIONALIZACION y en el Texto Unico Ordenado de la Ley N1C 24650-LEY DE BASES DE LA REGIONALIZACION, el Proyecto de creación de la REGION LIMA-PROVINCIAS debe especificar lo siguiente en función de los problemas que se observa en la instalación y funcionamiento de las Regiones ya constituidas y en función de cómo debe orientarse la distribución presupuestaria, la orientación del gasto y de recursos que promocionen más a las zonas altoandinas y atrasadas de las Provincias y Distritos que constituyen la Región Lima-Provincias. En tal sentido, en dicho Proyecto debe ir lo siguiente: 1. Señalar el espacio de las Sub-Regiones. En esa dirección y dada la complementariedad y la necesidad de impulsar el desarrollo transversal, concéntrico y circular proponemos 6 Sub-Regiones: Nº 1: Formado por las Provincias de Barranca y Cajatambo. Nº 2: Formado por las Provincias de Huaura y Oyón. Nº 3: Formado por la Provincia de Huaral. Nº 4: Formado por la Provincia de Canta. Nº 5: Formado por la Provincia de Huarochiri. Nº 6: Formado por las Provincias de Yauyos y Cañete. 2. La distribución equitativa del gasto en función de cada Sub-Región. 3. Distribución en la Asamblea Regional, en forma equitativa, en función de cadaSub-Región y con enfásis en cada Provincia. 4. Orientación del Gasto hacia el Desarrollo: 80% para la formación bruta de Capital (Estudios e Inversiones para el desarrollo) y hasta un máximo del 20% para los gastos corrientes (remuneraciones, bienes-enseres y servicios). 5. Señalamiento de las Rentas: Canon de la Sal, Minero, Pesquero y otros tributos iniciales para promover el desarrollo regional. 6. Precisar normas de moralidad en la ejecución del gasto regional: Extender los alcances de los artículos 309º y 310º de la Ley Nº 25303-Presupuesto del Sector Público para 1991 y agregar el de Destitución del Cargo. 7. Señalar qué Obras y Estudios inmediatos deben realizarse una vez instalada la Región, enfatizando: a. Aquellas que permitan ampliar el empleo productivo, que genere mayor valor agregado, menores costos, maduración rápida y empleo intensivo de mano de obra. En función de las tendencias que asume la inversión privada actual: sectores agroexportación, pesca, turismo, agropecuario y pequeña industria. b. Que permita la red vial transversal y longitudinal (entre subregiones de la parte Sierra de la Región) para la promoción del desarrollo económico con base en los sectores señalados en el punto 7.a). c. Que permitan ampliar la base tributaria, que promocione el desarrollo regional. 8. Señalar que las Rentas provenientes de los Canon tendrán una distribución proporcional: a. 10% para la Provincia donde se genere dicha Renta, conforme señala el Texto Unico Ordenado de la Ley N1C 24650, a ser distribuido equitativamente entre todos los Distritos integrantes de la Provincia excepto el Distrito donde se genere dicha Renta. b. 15% para el Distrito donde específicamente se genere dicha Renta. c. 75% para ser distribuido equitativamente entre las Sub-Regiones de la Región. 9. La distribución de los Delegados de Organizaciones Económico-Sociales debe descansar en el eje agrícola básicamente, dado que los Distritos ubicados en la Sierra de la Región constituyen el 76% del total; el 68% de la superficie regional y el 45% de la población total está en la Sierra, al que habría que agregar la actividad agroindustrial de la franja costera que ubica a gruesos sectores poblacionales. Lima, 1991. MAURICIO QUIROZ TORRES ASESOR |